Entre el bien y el mal. ¿Somos buenos o malos por naturaleza?
Luis Christian Velázquez Magallanes*
El magistrado Daniel Espinosa Licón es una eminencia; y, durante la entrega de Diplomas de Justicia Integral para Adolescentes, curso impartido por la Escuela del Supremo Tribunal de Justicia, expuso un ejemplo muy puntual sobre los vacíos legales del Estado al momento de tratar casos en donde están involucrados jóvenes infractores.
—Hace algunos años expuso el magistrado—, atendí un caso en donde una menor estaba involucrada en la posesión de armas de alto calibre; se incluían granadas… el delito requería de un especialista Federal para garantizar el derecho a la legítima defensa, cité esta imperiosa necesidad para garantizar el cuidado al debido proceso y el respeto irrestricto de los Derechos de la adolescente. El Fiscal me dijo que en la federación no se contaba con especialistas de esa índole. Entonces, solicité la intervención de un especialista Estatal… para mi sorpresa, tampoco contábamos con un técnico jurista que pudiera garantizar la defensa de un adolescente infractor.
Entonces, decidí, por las atenuantes mencionadas, la inmediata liberación de la adolescente porque no se podía garantizar un proceso apegado al derecho y a las convenciones internacionales. Nos faltaban especialistas y técnicos para abordar estos casos. La decisión provocó un comentario amenazante del fiscal en turno: Esto le traerá consecuencias… y sí, por eso en la escuela del supremo tribunal decidimos formar a los especialistas que necesitábamos. Este Diplomado es un elemento de muchos que se han contemplado para atender, de la mejor manera posible, a las niñas, niños y adolescentes que se ven involucrados en delitos.
El planteamiento del maestro Espinosa Licón plantea, desde una perspectiva más amplia, una serie de interrogantes mucho más complejas y necesarias para el debate y consolidación del Estado de Derecho. ¿Cuáles son las causas que explican que las niñas, niños y adolescentes se involucren en delitos? ¿En qué fallan los gobiernos en donde se presentan menores como agentes o copartícipes de hechos que atentan contra el Estado de Derecho? ¿Por qué los menores delinquen?
Empecemos, pues. Los Estados democráticos y organizados han adoptado una serie de documentos que sirven para comprender cómo se deben proteger y desarrollar políticas y estructuras para la protección y desarrollo pleno de las niñas, niños y adolescentes, como:
- La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989.
- El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de los Niños.
- La Declaración de los Derechos del Niño de 1959.
- La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW).
- Convención Relativa a los Derechos de las Personas con Discapacidad.
- Los Principios de París de 1992, entre otros.
Las convenciones y los documentos en forma de manifiestos, protocolos o declaraciones han servido para consolidar la noción fundamental en el cuidado, protección y desarrollo de los menores: el interés superior de niñas, niños y adolescentes. Por tanto, es fundamental, sobre todo a la luz de las catástrofes y descomposición del tejido social que vivimos, comprender esta noción y sus implicaciones.
El interés superior de la niñez se concibe como un axioma fundamental en el Derecho Internacional y establece que todas las decisiones y acciones que involucren a menores se deben diseñar priorizando su bienestar y pleno desarrollo. La noción parte del conocimiento científico de que los menores, por sus condiciones biológicas y neurológicas en desarrollo y consolidación, requieren de una protección especial que asegure su salud, educación y desarrollo social y emocional.
Las consecuencias directas implican que todas las decisiones que afecten a los menores deben priorizar su interés y, en la toma de decisiones, se deben considerar sus opiniones, necesidades y derechos en cualquier situación que les concierna, ya sea en el ámbito familiar, educativo o judicial.
La reflexión, luego entonces, conduce a los planteamientos sobre la naturaleza humana y sus implicaciones: ¿el Hombre es bueno o malo por naturaleza? Porque, a partir de la concepción que tengamos de su ser, podemos comprender si hay una tendencia natural en la especie para realizar el bien o el mal.
Al respecto, podemos revisar los planteamientos de la Filosofía Contractualista. El contractualismo es la reflexión que pretende explicar cómo transitó la especie humana de su estado natural a la consolidación de la sociedad civil. Indudablemente, el pensador inglés Thomas Hobbes y el suizo Jean-Jacques Rousseau, con sus posturas contrapuestas, permiten entender las dos dimensiones del problema.
Jean-Jacques Rousseau (1712-1778) en sus obras “El Contrato Social” y “Discurso sobre el origen y fundamentos entre la desigualdad entre los hombres” presenta y argumenta una visión optimista y positiva de la naturaleza humana.
El Hombre, según Rousseau, en esencia es un ser bueno, libre y concibe a sus semejantes como iguales y, por tanto, en su estado natural y primitivo vive en armonía y no está corrompido por la sociedad. Rousseau considera que el hombre nace con un sentido innato de compasión y altruismo, pero la sociedad civil, al promover la competencia, la adquisición de una o varias propiedades privadas y sus desigualdades en sí, corrompe a ese ser bueno.
Esta corrupción ocasiona que los hombres establezcan un contrato para que, a partir de una voluntad general, todos los miembros participen en la creación de un Estado con leyes justas y democráticas que promuevan el bienestar colectivo sin privilegiar a unos pocos.
El hombre bueno de Rousseau tiene su contraparte en el planteamiento de Thomas Hobbes (1558–1679). El pensador inglés, en su obra “El Leviatán”, describe al hombre como un ser egoísta y competitivo. El Hombre actúa por impulso y busca satisfacer sus necesidades sin importar el daño que ocasiona a los demás; por ello, la historia de la especie es un relato de conflictos y violencia.
Hobbes considera que, en el estado natural del hombre, coexiste una lucha de todos contra todos, en donde el más fuerte es el que puede satisfacer sus pulsiones y deseos. Por ello, se acuñó la frase: El hombre es el lobo del hombre.
La creación de la sociedad civil o del Estado se explica porque los hombres, para poder salir de ese estado de violencia, formulan un contrato en donde ceden una parte importante de su libertad para otorgarla a un soberano que debe garantizar la paz y el orden. El Soberano, por esta razón, diseña leyes e instituciones que garanticen la seguridad entre los individuos.
El caso de la adolescente, presentado por el maestro Licón, empujaría a creer, desde el más burdo sentido común, que debe aplicarse todo el peso de la ley. ¿Pero realmente esto debe ser así?, la pregunta por el deber ser marca la enorme diferencia. Una cosa es el juicio desmedido y otra muy distinta, el criterio emanado desde el ejercicio del pensar.
Luego entonces, ¿cómo podemos analizar, a partir de la noción de interés superior de la niñez y de los planteamientos de Hobbes y Rousseau, que en nuestro estado se incremente la participación de menores en hechos delictivos? La respuesta, sin duda, se encuentra en la revisión exhaustiva de cómo las familias, las escuelas y las políticas de las instituciones públicas ejecutan este axioma.
Lo cierto es que nuestras niñas, niños y adolescentes, por su condición, no son los responsables directos de sus acciones porque, mientras exista una familia que, por múltiples condiciones, abandone; un maestro que etiquete, juzgue o repruebe al alumno porque se lo merece, sin antes escucharlo y revisar las causas; y un Estado que, por corrupción o cinismo, no garantice paz y seguridad social, tenemos que asumir la responsabilidad moral y la culpa que como adultos nos corresponde y dejemos de asombrarnos con imágenes que contienen 400 pares de zapatos.
*Licenciado en Filosofía. Profesor en la Escuela Secundaria General 59 “Francisco Márquez”. [email protected]
SERA SUFICIENTE QUE POR SU CONDICION DE MENOR CASI SE LE SUPLA NO LA QUEJA, SINO TAL VEZ HASTA EL SER DE DERECHO Y QUE EL DEBER SER ESTABLEZCA UNA CONDICION PARTICULAR EN DONDE ESTE ENTE QUEDE RELEGADO DE TODA COERCION, POR SU MINORIA DE EDAD, NO TENDRA REALMENTE NI LA MAS MINIMA NOCION DEL Bien Y DEL MAL O SOLO ES UNA LUCHA ABSURDA ENTRE EL SER Y EL DEBER SER….
En apariencia existe una dicotomía en el ser humano: bueno o malo. Los ilustrados se movieron en esa arena maniquea.
El ser humano, atendiendo a su condición natural, no es bueno ni malo. El contexto, las circunstancias, y la forma en que cada ser humano procesa sus experiencias decanta su ser social. Es Ortega y Gasset quien afirma: “yo soy yo y mis circunstancias”
Bajo la óptica de Ortega y Gasset deberíamos preguntarnos: ¿cuáles son las circunstancias en las que viven nuestros niños, adolescentes y jóvenes? ¿Se encuentran en contextos sociales (familia, escuela, comunidad) nutricios?
No es posible pedirle peras al olmo.
👏🏻👏🏻👏🏻
Es cierto lo que menciona sobre los menores involucrados en actos ilegales, un gran ejemplo puede ser el caso más sonado últimamente sobre Valentina Gilabert y Marianne Gonzaga, pero es tan cierto lo que menciona al decir que también influyen sus vidas y los tratos que reciben de otras personas, basándonos en la vida de Marianne podríamos entender un poco el porque atentó contra Valentina y que tiene un poco de problemas psicológico gracais a todos los problemas que ha tenido en su vida y con su familia.
Buen artículo 👌🏻.