El sello político en la evaluación en educación básica

 en Graciela Soto

Graciela Soto Martínez*

Con el vigente calendario de 185 días estamos a unas semanas del cierre de ciclo escolar, lo que ha contagiado el ánimo de entrar en períodos de fiebre de evaluación, de anticipar actividades para el llenado de la boleta de evaluación y las capturas de lo que en ellos se va a registrar, así como los procesos de rendición de cuentas. De igual manera a los que tienen calendarios de 195 días ya les empezó a contagiar esta perspectiva de preparativos para concluir este singular año escolar, que presenta rupturas y continuidades en diferentes áreas.
En tiempos de cambio, a la evaluación se le dan diferentes usos y un nuevo acuerdo o disposición desplaza las formas dictaminadas para evaluar, lo cual conlleva modificaciones en el quehacer pedagógico y administrativo. Con las diferentes reformas se ha presentado una vertiginosidad de aparición de diferentes disposiciones, contenidas en leyes, reglamentos, normas y acuerdos, esto favorece que personal directivo y docente estén más enfocados en responder a las nuevas indicaciones que en analizar las diversas concepciones que existen sobre lo que se está planteando, aunque esto es parte de la estrategia de adaptarse al cambio se requiere hacer un análisis reflexivo sobre lo que ahora es vigente, en este caso se hace un recuento en las disposiciones que se han tenido en los últimos años en materia de evaluación. Los acuerdos que se han tenido en este tema en particular regulan la evaluación, la acreditación, la promoción y la certificación de la educación básica.
El Acuerdo 200 se generó posterior al Acuerdo Nacional para la Modernización Educativa, fue emitido por José Ángel Pescador Osuna y fue publicado en el Diario Oficial el 19 de septiembre de 1994, planteaba que en base a la Ley General de Educación que en su artículo 50 se señala que la evaluación de los educandos era una medición en lo individual de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general, del logro de los propósitos establecidos en los planes y programas de estudio, este enfoque prevalece toda vez que este artículo no hay tenido reformas en la LGE. Se menciona que la evaluación es permanente y a lo largo del proceso educativo, el resultado de las calificaciones parciales se promediaba para obtener la final. (https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/3f848841-8476-4596-9835-d71e306221a3/a200.pdf, disponible 29 de mayo de 2019).
Entró en vigor en 1994 y se derogó el 17 de agosto de 2012. Estuvo vigente 20 años, esta fue una política de larga duración en materia de evaluación. Fue modificado por el Acuerdo 499 que emitió José Ricardo Alonso Lujambio Irazábal, en éste se señala que el último periodo de evaluación sería 15 días antes de la finalización del ciclo escolar, pero lo anterior provocaba inactividad en las escuelas por lo cual se modifica y establece que la evaluación del último periodo se debe realizar los últimos 5 días previos al cierre de ciclo en primaria y 13 en secundaria. (https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/7aa2c3ff-aab8-479f-ad93-db49d0a1108a/a499.pdf, disponible 29 de mayo de 2019).
El Acuerdo 648 planteó la cartilla de evaluación y los niveles de desempeño, aquí privilegió una concepción de evaluación por niveles de logro, destacado (10), satisfactorio (8-9), suficiente (6-7) e insuficiente (5) en relación con las competencias, estos niveles fueron relacionados con la escala numérica para primaria y secundaria, en este acuerdo se mencionó que atendiendo a las mejores prácticas internacionales en materia de evaluación se decidió implementar este enfoque. Se observa que subyace un criterio clasificatorio del alumno, se le ubica en un nivel de logro, la evaluación va segregando con un criterio valorativo. Años más tarde estos niveles de desempeño serían aplicados también a los maestros. Su fecha de publicación fue el 17 de agosto de 2012. Duró vigente sólo 1 año.
El 20 de noviembre 2013 se publica el Acuerdo 696, con el secretario de educación Emilio Chuayfett Chemor, el planteamiento señala que atendiendo a las mejores prácticas en materia de evaluación de aprendizajes se plantea un modelo de evaluación que considere lo cualitativo y lo cuantitativo, es decir, que describa los logros y dificultades de los alumnos a la vez que asigne una calificación numérica. Se apoya en la observación y el registro de información por parte del docente, durante el desarrollo de las actividades. Lo que se elabora con esta información es un reporte de evaluación, se queda atrás el término de cartilla y en este reporte se registran las recomendaciones para los padres de familia.
En este documento se incluye un apartado para señalar una alerta temprana para los alumnos que corran riesgo de no alcanzar los aprendizajes esperados, los niños de preescolar y primero de primaria acreditan solo con el cursar el grado, no así en los demás grados. Se deroga el 12 de mayo de 2018, siendo reemplazado por Acuerdo 07/06/ 2018. Estuvo vigente 4 años y medio (DOF: 20/09/2013).
El acuerdo 07/06/2018 fue emitido por Otto René Granados Roldan el cual es la norma para la evaluación de los aprendizajes esperados, está alineado al Programa de Estudios 2017 y al nuevo modelo educativo, se propone evaluar los campos de formación académica, las áreas de desarrollo personal y social, así como los clubes de autonomía curricular. Se continua con un reporte de evaluación el cual contendrá observaciones o recomendaciones específicas a los padres sobre el apoyo adicional que requieren los alumnos, en cuanto a los resultados se expresan en niveles de desempeño expresados en niveles IV que es dominio sobresaliente, nivel III dominio satisfactorio, nivel II dominio básico y nivel I que es insuficiente. En los campos de formación y algunas áreas de desarrollo se asignan calificaciones numéricas y en lo socioemocional y los clubes sólo se hace de manera cualitativa. Se incluyó el número de asistencias el cual tendría valor aprobatorio. Estuvo vigente del 12 de mayo de 2018 al 11 de marzo de 2019, no alcanzó a cumplir un año (DOF: 07/06/2018).
Y el 11 de marzo se publica el acuerdo número 11/03/19 emitido por Esteban Moctezuma, actual secretario de educación en el cual se menciona que se detecta que el procedimiento previsto implica registros complejos genera excesiva carga administrativa por lo cual emite otras disposiciones, se plantea la boleta de evaluación en la cual se registran las asignaturas que conforman el componente curricular de campos de formación académica y las áreas de artes y educación física. Los clubes de la autonomía urricular y el área de educación socioemocional menciona que se realiza evaluación continua por parte de los docentes, sin especificar los cómo y las observaciones se comunicarán en el momento oportuno a cada estudiante y a las madres, padres de familia o tutores, en forma oral o por escrito, sin utilizar valores numéricos. Esto no se registra en la boleta de evaluación (DOF: 29/03/2019).
La política alcanza a las dinámicas de otras instituciones como lo es la educativa. No se acaba de comprender el acuerdo presente cuando ha llegado el último que ahora es el nuevo, el profesor es el sobreviviente de tantas disposiciones, que es el último ejecutor de cada lineamiento, se deben generar políticas y reformas de largo alcance, que no tengan cómo límite un sexenio o plazo corto, se requiere evaluar estas políticas a manera de metaevaluación, se percibe que en este campo lo que deciden si están atrás de un escritorio y no ven el todo en los asuntos pedagógicos, no se toma en cuenta el número de alumnos por grupo, las condiciones de conectividad y recursos con que cuenta la escuela, esto dado que estos informes evaluatorios son llenados teniendo como medio plataformas tecnológicas, así como las otras tareas que realiza el personal directivo y docente. El trabajo en evaluación es también campo de investigación, por ello acercarse a la ciencia para decidir los mejores enfoques en la evaluación de los aprendizajes se hace necesario, esto no es campo de la política sino de la educación.
Evaluar es un compromiso con los alumnos, se requiere centrarse en lo esencial, los postulados de una evaluación que este basada en el proceso educativo, que ayude tanto a los maestros como a los alumnos a obtener aprendizajes, que contribuya a una educación que humanice, que sea solidaria, respetuosa de su entorno ambiental, que cuide la vida en todas sus formas, que atienda a las diversas inteligencias y que tome en cuenta a la neuroeducación. Evaluación e información sí, carga administrativa y políticas verticales no.

*Doctora en Educación. Jefa de Sector de Educación Preescolar en la SEJ. grace-soto@supervisores.sej.gob.mx

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