La parcela escolar, un fracaso del campo mexicano como estrategia de aprendizaje
Jaime Navarro Saras*
Ahora que tanto se habla de la calidad educativa y que a toda costa la SEP quiere encontrarla mediante una evaluación fuera de toda lógica, con unos maestros vilipendiados y denostados por los medios de comunicación, una escuela que se cae a pedazos y una reforma educativa que termina por no aterrizar tal y como el Estado y los diversos organismos internacionales quisieran, viene a colación el tema de la parcela escolar.
El México de 1940 (cuando se establecen los lineamientos jurídicos de la parcela escolar) es muy diferente al de 2015, actualmente los núcleos de población urbana son mayoría, en la década de los cuarenta no. En ese contexto surge la parcela escolar, los ejidos contemplaban la asignación de unos terrenos para la escuela primaria y secundaria de las comunidades, el propósito central tenía que ver con la enseñanza, investigación y difusión de las prácticas agrícolas.
Conforme pasó el tiempo las ciudades se ampliaron y las escuelas y las comunidades rurales fueron consumidas y devoradas por la mancha urbana, desapareciendo con ello, poco a poco, los ejidos y con éstos la parcela escolar, el destino de la mayoría de éstas solo los ejidatarios, los directores de las escuelas y las autoridades educativas saben que pasó con ello.
En el Artículo 70 de la Ley Agraria establece su existencia, desde en quién o quiénes cae la responsabilidad de su uso, las características de las tierras (tienen que ser las mejores del ejido y cercanas a las escuelas para cumplir con su función educativa). El documento señala que el 80% del usufructo de la tierra es para el mantenimiento de las escuelas, la compra de mobiliario y todas las demás necesidades materiales requeridas, incluso y para el conocimiento de los reformistas, el 20% restante se entregará al director y a los maestros como apoyo a su relevante tarea que desempeñan.
La parcela, según dicho artículo, deberá ser campo experimental de los alumnos o, en su defecto, el ejido y quienes la administren podrán optar por el mejor beneficio que dejé ésta a la escuela, incluso permutar por otras tierras mejores, pero nunca traspasarse o venderse.
La parcela escolar no ha desaparecido en el papel, aunque como tal ya casi no existe por la voracidad de los líderes ejidales, quienes en contubernio con ejidatarios, directores de escuelas, autoridades educativas y delegados municipales la han comercializado al mejor postor sin que exista castigo alguno para los responsables y beneficiados directos.
El documento sobre el Consumo escolar emitido en 2010 por los secretarios de educación y salud en el Capítulo segundo, del artículo 19, apartado VI, señala que:
I. Impulsar, de acuerdo a la región, la oferta de alternativas para mejorar la alimentación de niñas, niños y adolescentes a través de la planeación de desayunos y refrigerios, el cultivo de huertas o parcelas escolares, la conservación doméstica de alimentos, entre otros.
La parcela escolar representa un pasado reciente lleno de contradicciones, donde quienes deben intervenir para su regulación han renunciado a ello, en parte por desconocimiento y en parte por comodidad y en algunos casos porque son parte de los beneficios del reparto. Como un ejemplo de esta situación, recientemente en la población de La Venta del Astillero, municipio de Zapopan, Jalisco, los ejidatarios desaparecieron la parcela escolar entregándola a unos desarrolladores para la construcción de casas y como en todas estas historias, nadie supo, nadie sabe y los bolsillos de unos cuantos se llenaron de billetes verdes y la autoridad ni sus luces.
*Editor de la Revista Educ@rnos. jaimenavs@hotmail.com
Es falso que el artículo 70 de la Ley Agraria (ni ningún otro artículo de esa ley) establezca que un 80 por ciento de los productos o utilidades de la parcela escolar se destinarán a las necesidades de la escuela y un 20 por ciento se les entregará a los maestros, ¿por qué no leen la ley? esa fue una propuesta de un diputado federal cuando estuvo en el puesto, me parece que en el año 2013, pero no se llegó a publicar para que entrara en vigencia.