El Código de Conducta: la visión conservadora

 en Graciela Soto

Graciela Soto Martínez*

En el marco de la estrategia en contra de la corrupción existen diferentes instancias y leyes que la están combatiendo, vinculado a esto se da a conocer el Código de Ética y las Reglas de Integridad para los Servidores Públicos y el Código de Conducta de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco (SEJ), ambos documentos son semejantes, el segundo es la apropiación que realizan en educación, estos planteamientos se requieren conocer, analizar y discutir las implicaciones dado el carácter normativo que poseen.
El Código de Ética es de observancia obligatoria, se publica en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, fecha 12 de marzo de 2019, contiene 50 artículos y 5 transitorios, está firmado por el Gobernador del Estado, Enrique Alfaro Ramírez, por el Secretario General de Gobierno, Enrique Ibarra Pedroza, y por la Contralora del Estado, María Teresa Brito Serrano.
El Código de Conducta contiene marco normativo, introducción, objetivo, ámbito de aplicación, obligatoriedad, misión, visión, valores, principios rectores del servicio público, valores y principios de los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Educación, Reglas de Integridad, el Comité de Ética y la Unidad Especializada en Conducta y Prevención de Conflictos de Interés, no está firmado.
Los trabajadores de la educación se han conducido con valores entendidos, algunos plasmados en la Ley de Servidores Públicos y otros aprendidos en la profesión, su actuación está ligada a lo que representan socialmente, son caracterizados por sus habilidades para la enseñanza y por la forma en que se comunican con los padres de familia, cómo todos los seres humanos tienen defectos y virtudes. Apenas se han derogado leyes que atentan contra los derechos laborales de los maestros y en espera de las leyes secundarias, por ello desalienta observar reglamentos o códigos que tengan sentido restrictivo o lesivo.
El Código de Conducta contempla una serie de principios constitucionales y procedimientos, del cual se ha solicitado conocimiento con acuse de firma en algunos niveles educativos, en dicho documento se señalan las conductas manifiestas que deben tener los servidores públicos. En un análisis primario se observa que se requieren personas intachables, dechados de virtudes, que sepan administrar la escasez de recursos, leales a su compromiso y responsabilidad, respetuosos y justos, que actúen con equidad, en fin, el estándar está alto en el sentido de los valores, principios y reglas que requieren expresar los servidores públicos que ostenten un empleo, cargo, comisión o función.
En el Código de Ética ésta se define como la disciplina de valores que estudia y analiza el perfil, la formación y el comportamiento responsable y comprometido de las personas que se ocupan de los asuntos públicos y el Código de Conducta es la norma complementaria relativa a la tutela de principios y valores que emite el Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés.
El listado de principios rectores es largo y comprometedor, esta encabezado por la austeridad, nuevo principio republicano, que viene directo del gobierno de la 4T, que es el cuidado racional de los recursos, la administración eficiente del gasto, los demás principios son: confidencialidad, competencia por mérito y capacidad, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, honradez, imparcialidad, independencia, integridad, justicia, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia. Cada uno está conceptualizado para su uso en este Código.
Sobre la confidencialidad, este aspecto ya estaba en la ley de servidores públicos, aquí se señala el cuidado de los datos que se dan en posesión, ya sea la obtención, administración, resguardo o conocimiento, ¿de qué carácter es la información confidencial?, ¿se va a sancionar el hecho de que divulgue una información que se considere de interés público?, ¿cómo riñe esto con la transparencia?, considero que son temas a debate, cuando me reservo una información ¿es confidencialidad o ocultamiento de la información?, esto por poner un ejemplo de dilemas éticos a los que nos pudiéramos enfrentar y que por ello se puede estar en tela de juicio o sujetos a denuncia.
Los valores que se requieren son el compromiso, la cooperación, el entorno natural y ecológico, equidad de género, honestidad, igualdad no discriminación, interés público, liderazgo, respeto, respeto a los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad, responsabilidad y solidaridad, tolerancia y vocación de servicio. La Secretaría de Educación añade cuatro pilares más a estos valores, los cuáles son colegiabilidad, alto espíritu de servicio, profesionalismo y compromiso institucional. Los valores cada uno los ha desarrollado a lo largo de su vida, quien los tiene da muestra de ello, en algunos casos a ciertos servidores públicos se les puede notar la falta que les hacen.
El Código de Ética establece mecanismos de capacitación y difusión para la prevención de los riesgos éticos, dentro de ellos están los conflictos de interés a los cuáles se puede estar expuesto. En el caso de la Secretaría de Educación y en relación con el Código de Conducta aún no se conoce la estrategia que se va a seguir para capacitar o si se dejara como tarea autogestiva, de momento lo que se ha dado a difundido por parte del área jurídica es la página web donde se encuentran ambos referentes.
En el apartado de la Reglas de la Integridad para el Ejercicio de la Función Pública, se van enunciando las reglas así como las conductas que vulneran dicha regla, el listado es amplio, algunas que llaman la atención por el contexto social y político son las siguientes: 1.- Actuación Pública, inciso (f) “Hacer proselitismo en su jornada laboral y orientar su desempeño laboral hacia preferencias político-electorales”; inciso (q) “Conducirse de forma ostentosa, incongruente y desproporcionada a la remuneración y apoyos que reciba con motivos de cargo público.” En el punto 3 de Contrataciones Públicas llama la atención el inciso (i) “Influir en las decisiones de otros servidores públicos para que se beneficie a un participante en los procedimientos de contratación o para el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”. Este tipo de conductas son las que se busca erradicar y haciendo un poco de memoria, éstas ya se han presentado en la gestión gubernamental, por ello llama la atención que se quiera implantar un código a los trabajadores cuando la autoridad es muestra de desacato.
Es preocupante que este Código no tenga carácter formativo u orientativo y si restrictivo, el propio documento no establece sanciones, se infiere por los órganos involucrados, que son la Contraloría del Estado, la Unidad especializada en Ética y el Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la SEJ, y por el señalamiento de obligación de acatar cualquier medida preventiva y/o correctiva.
Compartir los ideales y aspirar a la excelencia es la propuesta, pero no obligar y amenazar veladamente con un código de ética aplicado en la verticalidad o bien para los que no son afines a los grupos de poder, es positivo que los valores, la integridad y la ética estén presentes en educación, dado que eso representamos, aunque también se ejerce un criterio para actuar, el cual puede no estar alineado a algunos preceptos de tipo conservador.
Lo bueno de estos códigos es que establecen un marco regulatorio para todos los servidores públicos, el cual será de aplicación general, en la experiencia se ha visto que los que más faltan a la ética y a los valores son los que ocupan cargos de mayor poder, de esto existen algunas denuncias y en otros casos ya se ha legitimado el abuso de confianza. Lo malo sería que se quiera aplicar para enjuiciar y vulnerar a los que estén en desacuerdo con la autoridad por las políticas establecidas, otra parte negativa lo son algunas reglas conservadoras que irrumpen en la forma personal de conducirse de los sujetos y lo interesante es que hay ideales que se busca alcanzar para el mejoramiento de un país.
Los documentos completos se puede consultar en el siguiente sitio: https://portalsej.jalisco.gob.mx/codigodeetica/

*Doctora en Educación. Jefa de Sector de Educación Preescolar en la SEJ. grace-soto@supervisores.sej.gob.mx

Comentarios
  • Lourdes Delgado

    Gracias por el análisis!

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